Impuestos a la propiedad: Huatulco vs. California

Los impuestos a la propiedad son una de las mayores preocupaciones que tienen los expatriados californianos cuando consideran comprar o vender una propiedad en México. Eso se debe a que el sistema tributario de México es muy diferente al que podrían estar acostumbrados en sus países de origen. Sin embargo, con un poco de conocimiento, se puede navegar para su beneficio.

Siempre aconsejamos a los clientes que se comuniquen con un Notario Público (conocido como notario publico) y/o contador fiscal en México para una asistencia personalizada a sus circunstancias. Tenga en cuenta también que es posible que necesite los servicios de un contador fiscal especializado en su ubicación.

En Huatulco

Cuando compre en Huatulco (México en general), espere pagar el precio de venta de la propiedad y sus costos de cierre, que es aproximadamente del 5 al 10% del precio de venta.

En California

Cuando compre en California, espere pagar el precio de venta de la propiedad y sus costos de cierre, que es aproximadamente 1.07% y 1.25% del precio de venta (más alto que el promedio nacional).

En Mexico

Predial es el impuesto local a la propiedad sobre bienes inmuebles mexicanos y, a menudo, se paga trimestralmente. Tiene un promedio de alrededor del 0,1% del valor de tasación de la propiedad en el punto de venta. Afortunadamente, la evaluación de la propiedad puede ser bastante más baja que el valor de mercado de la casa, que podría ser del 30 al 40 % del precio de venta.

En California

En California, los residentes votaron para congelar una parte de la tasa del impuesto a la propiedad al 1% del valor tasado de la propiedad. Eso no varía mucho dentro del estado, pero podría cambiar con la aprobación de los votantes. Pueden aplicarse evaluaciones estatales y locales. La tasa de impuestos a la propiedad del estado incluye tres gravámenes: gravamen de impuestos general (ya mencionado), pago de deuda de bonos aprobado por los votantes (un pago de bonos estatales/locales aprobado por los votantes) y evaluaciones especiales del distrito (evaluaciones aprobadas por los votantes para distritos escolares y de bomberos). ).

También se pueden aplicar el seguro de propietario de vivienda, la certificación contra inundaciones, las tarifas de HOA/condominio, el seguro hipotecario y, posiblemente, el seguro hipotecario privado.

En Mexico

Como comprador de una propiedad en México, puede esperar pagar los costos de cierre entre el 6% y el 7% del costo de la propiedad. El notario y/o el agente de bienes raíces pueden proporcionarle una estimación de todos los honorarios pertinentes una vez que haga una oferta. Los costos y tarifas probablemente incluirán:

  • Impuesto de adquisición
  • honorarios administrativos
  • Honorarios de notario
  • Tasa de tasación de la propiedad
  • Tasa de registro de la propiedad
  • Tasa de certificado fiscal
  • Tarifa de búsqueda de título
  • Impuesto al valor agregado sobre servicios profesionales (es decir, notario y tasador)

En California

Como comprador de una propiedad en California, puede esperar pagar el pago inicial de las hipotecas. Los costos de cierre, aproximadamente del 1% al 3% del costo total, también deberán pagarse. Los costos de cierre de California se encuentran entre los más altos de los Estados Unidos. También ocupan los primeros lugares Delaware, Maryland, Nueva York, Pensilvania y Washington DC.

Éstos incluyen:

  • Tasa de solicitud
  • Tarifa de tasación
  • Tarifa de archivo y mensajería
  • Honorario del abogado
  • Cuota de depósito de garantía
  • Tasa de inspección
  • Tarifa de originación del préstamo
  • Tarifa de registro
  • Seguro de título
  • Buscar título

En Mexico

Mientras que el comprador paga la mayor parte de los costos de cierre en México, el vendedor puede esperar pagar entre el 6% y el 10% del precio de venta. Esta cantidad generalmente se extrae de los fondos que mantiene el agente de bienes raíces en la cuenta de depósito en garantía. Tras la venta de una propiedad residencial, un notario público calculará los impuestos adeudados. Él o ella también retendrá el monto, que se transfiere directamente al Fisco Mexicano. No hay forma de eludir esto ya que la ley fiscal considera que el notario es responsable de los impuestos adeudados y verifica sus exenciones y deducciones al reclamar la desgravación fiscal.

En California

Mientras que el comprador paga la mayoría de los costos de cierre en California, los vendedores pueden esperar pagar aproximadamente entre el 5% y el 9% en costos de cierre cuando venden una propiedad. Estos costos pueden incluir la comisión del corredor (aproximadamente el 6% del precio de venta), la tarifa del depósito en garantía y la tarifa del abogado. Se pueden aplicar tarifas adicionales (es decir, tarifas de garantía de la vivienda), dependiendo de las negociaciones entre el comprador y el vendedor.

En Mexico

Una vez que venda su propiedad residencial, deberá lo que se conoce como impuesto sobre las ganancias de capital. En México, hay dos formas de calcular este impuesto:

  • Puede pagar el 25% sobre el valor de venta bruto de la transacción sin deducciones.
  • Puede pagar del 1,92 al 35 % del valor neto, que es la diferencia calculada entre los valores tasados ​​en el momento de la compra y la venta originales, así como las mejoras realizadas, las comisiones pagadas y cualquier otro gasto permitido.

Para obtener resultados óptimos, le recomendamos que:

  • Recoge recibos y facturas llamados facturas que le permiten reclamar deducciones en materiales y servicios. Las facturas oficiales se publican y anotan el número de identificación fiscal (también conocido como número RFC) de la persona o empresa que emite el recibo. Se pueden hacer deducciones por mejoras de capital, como instalaciones de piscinas y ampliaciones de edificios. Las mejoras generales al hogar y los asuntos de mantenimiento, como un baño remodelado, no se aplican como mejoras de capital.
  • Conéctese con un contador o notario para averiguar qué escenario le otorga un impuesto a las ganancias de capital más bajo.
  • Contrate a un abogado de renombre para que lo ayude a navegar por las leyes cambiantes de México. Tenga en cuenta que las interpretaciones de las leyes pueden variar, especialmente porque las compras de propiedades son inversiones a largo plazo y lo que se aplica hoy puede no serlo en el futuro. Dicho esto, si no está seguro de la opinión de su abogado sobre el asunto (o no le gusta), busque la ayuda de otro abogado.

En California

Si tiene una propiedad de inversión por más de un año y decide venderla, se le cobrará el impuesto a las ganancias de capital. La tasa puede variar, según factores como el monto de la ganancia, el tipo de propiedad y cuánto tiempo la ha tenido. La tasa puede ser del 0 %, 15 % y 20 %, su ingreso sujeto a impuestos y su estado civil determinarán qué tasa se evaluará.

México ofrece una exención por única vez (bajo el artículo 92, fracción XIX a) que reduce la obligación tributaria por una propiedad familiar. Es una exención a tanto alzado, pero no automática. La elegibilidad debe ser verificada, hable con su notario público para obtener ayuda, y depende de los siguientes criterios:

  • Como expatriado que vende una propiedad, debe ser residente en México. Si bien la ley fiscal no especifica la residencia temporal (conocida como residente temporal) o residencia permanente (conocida como residente permanente), sí señala que el vendedor está obligado a vender una residencia principal para tener derecho a las exenciones fiscales sobre las ganancias de capital. En este caso, la interpretación a menudo se deja en manos del Notario Público, así que elija sabiamente.
  • Como residente, deberá mostrar prueba de su identificación fiscal mexicana, también conocida como Registro Federal de Contribuyentes (RFC). La propiedad que está poniendo a la venta debe ser su residencia principal y el terreno en el que se encuentra no puede exceder tres veces el tamaño (en metros cuadrados) de la construcción en ese terreno.
  • Esta exención solo puede reclamarse una vez cada tres años.

Podría ser elegible para ahorrar más si tiene un cotitular de la casa que está vendiendo. Esto podría compartirse con un cónyuge o familiar que sea residente en México, lo que le permite hacer deducciones en su nombre. Esta persona deberá considerar la propiedad como su residencia principal y tener una identificación fiscal mexicana.

Impuesto sobre sucesiones o sucesiones: tanto México como California no imponen un impuesto sobre sucesiones o sucesiones.

Impuesto sobre donaciones: si bien las donaciones entre cónyuges y miembros de la familia inmediata no están gravadas, México grava ciertas donaciones que involucran bienes raíces. Esto se hace a cargo del destinatario. En California, no se aplica un impuesto git. El gobierno federal de EE. UU., sin embargo, cobra un impuesto sobre donaciones y puede llegar hasta el 40%.

Impuesto sobre la renta de alquiler: si vive en México y recibe ingresos de alquiler, pagará impuestos a las tasas regulares de impuesto sobre la renta. Si vive fuera de México y alquila una propiedad en México, sus ingresos por alquiler estarán sujetos a retención de impuestos a una tasa del 21%. Si tiene una propiedad de alquiler en California, también tendrá que pagar el impuesto de alquiler. Sin embargo, tiene derecho a deducciones, incluidos los costos de publicidad, limpieza, depreciación, tarifas de HOA, primas de seguro, mantenimiento, control de plagas.

Impuesto de transferencia: cuando una propiedad cambia de dueño en México, el comprador debe pagar un impuesto de adquisición del 2%. California está sujeta a impuestos de transferencia, que rondan los $1.10 por cada $1,000 del precio de compra.

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